Periodo de prueba en contratos temporales

No hay periodo de prueba en la redacción del contrato

Tanto el empresario como el trabajador pueden poner fin a la relación laboral en cualquier momento mediante un preaviso. Sin embargo, la fecha de finalización de la relación laboral no es arbitraria, por ejemplo, la fecha en que se da el preaviso de finalización. Este será el caso sólo si el empleo se termina por una razón importante mediante una llamada terminación extraordinaria o una terminación sin previo aviso.

En cualquier otro caso, ambas partes de un acuerdo de empleo normalmente tienen que cumplir con los periodos de preaviso acordados legal o contractualmente. El periodo de preaviso se concede para que cada parte tenga tiempo suficiente para preparar la finalización de la relación laboral. El periodo de preaviso permite al trabajador buscar un nuevo empleo y al empresario encontrar un sucesor para la próxima vacante.

El periodo mínimo de preaviso legal para ambas partes es de cuatro semanas y entra en vigor el decimoquinto día o el final de un mes natural. A partir de entonces, el periodo de preaviso para un despido por parte del empresario aumenta en función de la duración del empleo del trabajador:

Derechos de los contratos temporales

A veces, los empresarios utilizan “períodos de prueba” cuando contratan a nuevos empleados o los ascienden a un nuevo puesto. Los empresarios utilizan el periodo de prueba para evaluar si el nuevo empleado contratado o ascendido es adecuado para el puesto. Normalmente, los periodos de prueba oscilan entre 3 y 6 meses.

R: Los periodos de prueba pueden llevar a la confusión sobre si la relación laboral es “a voluntad”. “A voluntad” significa que tanto el empleado como el empresario pueden poner fin a la relación laboral en cualquier momento, por cualquier motivo legal. Cuando los empleadores utilizan períodos de prueba, los empleados a veces piensan que una vez que completan con éxito un período de prueba, ya no corren el riesgo de ser despedidos en función de su rendimiento. Este malentendido puede conducir a un mayor riesgo de demandas por despido improcedente si el empresario despide al empleado. Por lo tanto, a excepción de los convenios colectivos o de las circunstancias en las que el empresario desea celebrar un contrato con un empleado concreto, los periodos de prueba no suelen considerarse una buena práctica.

Derecho del periodo de prueba

Cuando un trabajador ha estado empleado de forma continua con una serie de contratos de duración determinada sucesivos durante cuatro años o más, alcanzará automáticamente la condición de permanente, a menos que exista una razón objetiva que justifique una nueva renovación por un plazo fijo.

El trabajador se convertirá en fijo en la fecha más tardía entre la que se haya celebrado el contrato (cuando el trabajador haya estado empleado con un contrato de duración determinada anterior al inicio del contrato actual) o se haya renovado, y la fecha en la que haya acumulado cuatro años de servicio continuo.

Por ejemplo, si un empleado ha estado empleado con un contrato de duración determinada de tres años que se renueva por otros dos años, suponiendo que el empresario no pueda justificar otro contrato de duración determinada, el empleado alcanzará la condición de permanente en la fecha en que acumule cuatro años de servicio. Si un trabajador tiene un contrato de duración determinada de cinco años y éste se renueva, suponiendo que el empresario no pueda justificar otro contrato de duración determinada, el trabajador alcanzará la condición de fijo en la fecha en que se renueve el contrato. Sin embargo, si el trabajador es despedido al final del contrato de cinco años, no alcanzará la condición de fijo porque, aunque el contrato de duración determinada haya durado más de cuatro años, no formaba parte de una serie de contratos sucesivos.

Redacción del contrato de período de prueba

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