Resumen consejo de ministros

Consejo europeo

El Consejo de Ministros es un nombre tradicional dado al órgano ejecutivo supremo en algunos gobiernos. El término suele ser equivalente a la palabra “gabinete” (Consejo de Estado es un término similar que también puede referirse a un Gabinete. Sin embargo, los términos no son iguales en algunos países (por ejemplo, España e India[cita requerida]). Los Consejos de Ministros suelen estar compuestos por los ministros responsables de un ministerio, y suelen estar dirigidos por un Presidente del Consejo de Ministros, término que suele traducirse, o utilizarse como sinónimo, de Primer Ministro o Premier.

Consejo europeo

El Comité de Ministros es el órgano decisorio estatutario del Consejo de Europa. Su papel y sus funciones están ampliamente definidos en el capítulo IV del Estatuto. Está compuesto por los Ministros de Asuntos Exteriores de los Estados miembros. El Comité se reúne a nivel ministerial una vez al año y a nivel de suplentes (representantes permanentes ante el Consejo de Europa) semanalmente. El desarrollo de las reuniones se rige por el Estatuto y el Reglamento Interno. Los Ministros Adjuntos están asistidos por una Mesa, grupos de ponentes, coordinadores temáticos y grupos de trabajo ad hoc.

La Mesa asiste a los Ministros Adjuntos. Está compuesta por seis miembros en orden alfabético inglés: el Presidente actual, los dos Presidentes anteriores y los tres futuros Presidentes. La Mesa no tiene poder de decisión en cuestiones de fondo y no puede sustituir al Comité en pleno.

Los grupos de ponentes, los coordinadores temáticos y los grupos de trabajo ad hoc son estructuras de trabajo informales de los ministros adjuntos y no tienen poder de decisión. Preparan las decisiones para su adopción por el Comité de Ministros.

Parlamento europeo

Consejo de Ministros del Octavo Gobierno ConstitucionalConsejo de Ministros del Séptimo Gobierno ConstitucionalConsejo de Ministros del VI Gobierno ConstitucionalConsejo de Ministros del V Gobierno ConstitucionalConsejo de Ministros del IV Gobierno Constitucional

El Consejo de Ministros está presidido por el Primer Ministro e incluye, además de éste, a los Vicepresidentes, al Ministro de la Presidencia del Consejo de Ministros, al Ministro Coordinador de Asuntos Económicos y a los demás Ministros:

Ministro de Asuntos Parlamentarios y Comunicación Social; Ministro de Finanzas; Ministro de Asuntos Exteriores y Cooperación; Ministro de Justicia; Ministro de Administración del Estado; Ministro de Sanidad; Ministro de Educación, Juventud y Deporte; Ministro de Enseñanza Superior, Ciencia y Cultura; Ministro de Solidaridad Social e Inclusión; Ministro de Asuntos de los Combatientes de Liberación Nacional; Ministro de Planificación y Territorio; Ministro de Obras Públicas; Ministro de Transportes y Comunicaciones; Ministro de Turismo, Comercio e Industria; Ministro de Agricultura y Pesca; Ministerio de Defensa; Ministerio del Interior; Ministro de Petróleo y Minerales.

Ubicación del consejo de la unión europea

Enumere las funciones del Consejo de Ministros.  AnuncioEliminar todos los anunciosSoluciónMostrar soluciónEl Consejo de Ministros es nombrado encabezado por el Primer Ministro para ayudar y asesorar al Presidente. Es la verdadera autoridad ejecutiva. Ejecuta la decisión tomada por el Consejo de Ministros. Sus funciones las determina el Consejo de Ministros. Al ser un órgano ejecutivo central del gobierno, el consejo desempeña amplias funciones que hacen que su papel sea crítico y decisivo. A continuación se enumeran algunas de las funciones del Consejo: