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Consejo extraordinario de ministros
tribunal europeo de derechos humanos…
Promulgada el 4 de octubre de 1958, la Constitución de la V República se basa en gran medida en los principios enunciados por el General de Gaulle durante su famoso discurso en Bayeux el 16 de junio de 1946: la responsabilidad del Gobierno ante el Parlamento, formado por dos cámaras, con un sistema parlamentario más fuerte, y la responsabilidad del presidente de la República ante el pueblo. Leer la Constitución
El Primer Ministro garantiza la aplicación de las leyes y ejerce la potestad reglamentaria, sin perjuicio de la firma por el Jefe del Estado de las ordenanzas y decretos que hayan sido deliberados en el Consejo de Ministros. Puede, en circunstancias excepcionales, sustituir al Presidente de la República como presidente del Consejo de Ministros. También es responsable de la defensa nacional, aunque las líneas maestras suelen ser fijadas por el Presidente de la República.
Por otra parte, a los ministros se les confía una misión política. Su función principal es la de impulsar y aplicar la política del Gobierno. La participación en la vida política formaba parte tradicionalmente de sus actividades durante la Tercera y la Cuarta República. Ahora, con la excepción de los periodos electorales en los que los ministros se alistan, el aspecto político de su actividad se limita al Consejo de Ministros y al Parlamento, donde se abre el debate sobre un aspecto concreto de la actividad del Gobierno.
le berlaymont
La Reunión, presidida por S.E. Jeyhun Bayramov, Ministro de Asuntos Exteriores de la República de Azerbaiyán, contó con la presencia de S.E. Mukhtar Tileuberdi, Viceprimer Ministro y Ministro de Asuntos Exteriores de la República de Kazajistán, S.E. Ruslan Kazakbaev, Ministro de Asuntos Exteriores de la República Kirguisa, S.E. Abdulaziz Kamilov, Ministro de Asuntos Exteriores de la República de Uzbekistán, S.E. Baghdad Amreyev, Secretario General del Consejo Turco, así como S.E. Viktor Mátis, Embajador de Hungría en la República de Turquía.
La reunión comenzó con la observación de un minuto de silencio para honrar y conmemorar la memoria inmortal de los mártires que defendieron la soberanía y la integridad territorial de la República de Azerbaiyán durante la Guerra Patriótica de los 44 días.
Los Ministros han cambiado impresiones sobre la reciente situación en Afganistán y sus ramificaciones regionales y mundiales. También han compartido sus valoraciones sobre las diversas dimensiones de los esfuerzos de estabilización y humanitarios de la comunidad internacional en Afganistán, incluidos los procesos destinados a establecer una administración inclusiva y representativa, la coordinación para evitar que Afganistán vuelva a ser un refugio seguro para el terrorismo, las medidas contra el riesgo permanente de aumento de los flujos de migración irregular desde Afganistán, y la garantía del respeto de los derechos humanos para todos.
delegación de la unión europea…
“Juro por Dios Todopoderoso ser leal a mi religión, luego a mi Rey y a mi país. Juro no revelar ningún secreto del Estado, proteger sus intereses y leyes, y desempeñar mis funciones con sinceridad, integridad y equidad.”
Un ministro del gabinete no puede comprar, arrendar, alquilar directamente o a través de un apoderado, o mediante subasta pública, ninguna de las propiedades del Estado. Un ministro tampoco puede vender ni ofrecer en alquiler ninguna de sus propiedades al gobierno. Un ministro no puede dedicarse a ninguna empresa comercial o financiera. Un ministro tampoco puede aceptar ser miembro del consejo de administración de ninguna empresa.
Las reuniones del Consejo de Ministros son presididas por el Rey, que es el Primer Ministro, o por un adjunto del Primer Ministro. Las resoluciones del Consejo de Ministros son definitivas tras la aprobación del Rey.
Los ministros del gabinete son nombrados, relevados de sus funciones y aceptadas sus dimisiones, por Real Decreto. Sus funciones se determinan de acuerdo con los artículos 57 y 58 de la Ley Fundamental de Gobierno.
consejo de ministros de la ue
El Consejo de la Unión Europea, a menudo denominado en los tratados y otros documentos oficiales simplemente Consejo,[a] y conocido informalmente como Consejo de Ministros, es la tercera de las siete instituciones de la Unión Europea (UE) enumeradas en el Tratado de la Unión Europea[1]. Es uno de los tres órganos legislativos y, junto con el Parlamento Europeo, sirve para modificar y aprobar las propuestas de la Comisión Europea, que tiene la iniciativa legislativa[2][3][4].
El Consejo de la Unión Europea y el Consejo Europeo son las únicas instituciones de la UE que son explícitamente intergubernamentales, es decir, foros cuyos asistentes expresan y representan la posición del ejecutivo de su estado miembro, ya sean embajadores, ministros o jefes de estado/gobierno.
El Consejo se reúne en 10 configuraciones diferentes de 27 ministros nacionales (uno por Estado). La composición exacta de estas formaciones varía según el tema que se trate; por ejemplo, cuando se debate la política agrícola, el Consejo está formado por los 27 ministros nacionales cuya cartera incluye este ámbito político (con la contribución, pero sin voto, de los comisarios europeos correspondientes).