Ultima hora estado de alarma españa

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El gobierno de coalición PSOE-Podemos, liderado por Pedro Sánchez, consiguió el voto con el apoyo de Ciudadanos (Cs) y el Partido Nacionalista Vasco (PNV). El gobierno también contó con el apoyo de los partidos minoritarios:  Coalición Canaria, Nueva Canarias, Partido Regionalista de Cantabria, Teruel Existe y Más País.

Es la sexta vez que se prorroga el “estado de alarma”, que se mantendrá hasta que se levanten las restricciones de cierre del país mediante el plan de desescalada del Gobierno en cuatro fases.  Este plan comenzó el 4 de mayo y continuará hasta finales de junio, cuando el país espera volver a una “nueva normalidad”.

Sánchez dijo que los gobiernos regionales de España recuperarían todas sus competencias para controlar el proceso de desescalada a partir del lunes 8 de junio, fecha en la que muchas zonas deberían estar en la tercera fase, aunque el gobierno central español seguiría controlando los desplazamientos entre las distintas regiones.

También había anunciado que después del 21 de junio, una vez concluida la prórroga definitiva del “estado de alarma”, los ciudadanos empezarían a tener libertad de movimiento en todo el país, siempre que no se produjera un nuevo aumento de los contagios de Coronavirus.

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La Constitución Española de 1978 (CE) incluye una previsión específica (artículo 116) para los tres denominados estados de excepción -el estado de alarma, el estado de excepción y el estado de sitio- que serán regulados por una Ley Orgánica. El Gobierno declarará el estado de alarma mediante decreto, acordado por el Consejo de Ministros, y especificará el ámbito territorial al que se aplicarán los efectos de la proclamación. Podrá durar hasta 15 días como máximo y sólo podrá ser prorrogado, sin límite, por la autorización del Congreso. El estado de excepción debe ser autorizado por el Congreso y luego declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros. Deberá indicar específicamente sus efectos, el ámbito territorial al que se aplicará y su duración, que no podrá exceder de 30 días, prorrogables por otro periodo de 30 días con los mismos requisitos. Además, el Art. 55.1 del TS establece que sólo en los estados de excepción y de sitio se pueden suspender algunos derechos fundamentales, pero no en el “estado de alarma”, donde sólo se pueden limitar.

la ley española sobre el covid

El presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez, consiguió a última hora del miércoles una nueva prórroga de 15 días del estado de alarma. Las nuevas medidas mantienen los poderes de emergencia del gobierno que tienen como objetivo controlar la actual pandemia de Coronavirus. De este modo, la prórroga se prolongará hasta el 24 de mayo.

Inicialmente, la petición del presidente del Gobierno recibió amplias objeciones por parte de la oposición. Dado que el partido de Sánchez, el PSOE, sólo tiene un gobierno en minoría en coalición con Unidos Podemos, fue una batalla muy reñida y requirió negociaciones de última hora con la oposición para asegurar la mayoría necesaria para el Congreso.

El Partido Popular dio inicialmente su apoyo, pero luego decidió abstenerse en la votación. Sánchez tuvo entonces que hacer concesiones al Partido Nacionalista Vasco y a Ciudadanos para asegurar el éxito de la votación.

El presidente del Gobierno explicó que: “No hay decisiones absolutamente correctas, pero levantar ahora el estado de alarma sería un error absoluto”. También destacó que las medidas no eran para coartar la libertad de sus ciudadanos sino para derrotar al Coronavirus.

sentencia del alto tribunal español sobre el covid

La primera declaración del estado de alarma se promulgó el 14 de marzo de 2020 mediante el Real Decreto 463/2020. El Congreso español lo prorrogó quincenalmente en seis ocasiones entre el 14 de marzo y el 21 de junio de 2020. El presidente del Gobierno fue, por tanto, sometido a un control parlamentario periódico para garantizar las prórrogas del estado de alarma, un control que fue minando progresivamente a un Gobierno en minoría dentro de un clima de enorme tensión entre los partidos políticos y en la sociedad en general.

La naturaleza de las medidas aprobadas durante el primer estado de alarma supuso que la movilidad y los derechos fundamentales de los niños se vieran afectados de forma desproporcionada, sin ningún razonamiento consagrado en la ley. A pesar de las tempranas advertencias del Comité de los Derechos del Niño de la ONU y de otros organismos internacionales, los niños siguieron siendo el único sector de la población sin excusa razonable para salir de casa durante semanas, salvo en caso de enfermedad o si era imposible dejarlos sin compañía y eran menores de 12 años. Sin embargo, ni el Defensor del Pueblo ni la mayoría de los comentaristas se han ocupado específicamente de los derechos de los niños (para una excepción, véase el análisis de Ruiz, Gómez y Rodríguez; también tangencialmente, Estrada, página 28).