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Impuestos por comunidades autonomas
impuesto inducido
El sistema de financiación de las Comunidades Autónomas es el conjunto de fondos que cada administración autonómica española recibe para el ejercicio de sus competencias, tal y como obliga la Constitución Española de 1978 (artículo 156.1), siguiendo el principio de solidaridad (habitualmente denominado solidaridad interterritorial[1]) y siendo coordinado por el Ministerio de Hacienda[2][3] Este sistema forma parte del sistema tributario español[4].
Los fondos proceden de: los impuestos cedidos por la Administración General del Estado, los recargos realizados sobre los impuestos estatales y otros ingresos del Estado central más los impuestos creados por las comunidades autónomas, las contribuciones especiales de las mismas, “las transferencias de los fondos de compensación interterritorial y otros pagos con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, los rendimientos procedentes de su propio patrimonio y los ingresos procedentes de la aplicación del derecho privado y del producto de las operaciones de crédito realizadas por la administración autonómica”[3] Según el artículo 157.1, estos fondos no pueden ser ampliados ni negados a ninguna comunidad autónoma[5].
significado de comunidad autónoma
España está formada por 17 comunidades autónomas (CCAA), 50 provincias, 8.131 municipios y dos ciudades autónomas. Es un país muy descentralizado, con una parte importante de las competencias de gasto transferidas a las CCAA.
La Constitución española de 1978 garantiza el derecho de autogobierno a las CCAA y una considerable autonomía financiera. También otorga a las provincias y a los municipios autonomía en la gestión de sus respectivos intereses. El Real Decreto Legislativo 2/2004 estableció las bases del sistema de financiación local. Las CCAA se dividen en dos grupos que se rigen por el régimen ordinario y el régimen foral. La seguridad social, sin embargo, es competencia del gobierno central (artículo 41 de la Constitución). Las principales normas fiscales se establecieron en las leyes de estabilidad presupuestaria de 2001 y 2006 y, recientemente, en la histórica reforma de 2012, que incluyó una enmienda a la Constitución, que limita la capacidad de endeudamiento de las CCAA.
En España, la participación del gasto subnacional en el gasto público total fue del 51% en 2018; la de las CCAA ascendió al 36%, y la de las provincias y municipios al 15%. Mientras que la participación de las provincias y los municipios se ha mantenido casi igual desde el año 2000, con un ligero aumento desde la crisis financiera de 2008, la participación de las CCAA ha fluctuado a lo largo de los años desde entonces. Esto se debe a las medidas de austeridad del Gobierno central y al impacto del gasto social. Desde entonces, los gastos de las CCAA son relativamente más importantes.
significado de la autonomía fiscal
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La obligación de una persona de tributar en España viene determinada por su situación de residencia a efectos fiscales y por la fuente de ingresos que obtenga. El impuesto sobre la renta se grava con tipos impositivos progresivos para los residentes (con tipos fijos para las rentas del capital y las ganancias de capital) o con tipos impositivos fijos para los no residentes. En el caso de los residentes, la renta imponible del año se calcula restando las deducciones permitidas del total de la renta imponible. Los no residentes no tienen deducciones o créditos admisibles, excepto para ciertos gastos para aquellas personas que son residentes fiscales en otro país de la UE.
La obligación de una persona de tributar en España viene determinada por su estatus de residencia. Una persona puede ser residente o no residente a efectos fiscales en España. Un residente de España generalmente se refiere a un individuo que permanece en España durante más de 183 días en un año natural determinado o tiene sus negocios o intereses económicos ubicados en España. Las ausencias temporales de España no se tienen en cuenta para calcular el número de días de permanencia en territorio español, a menos que la persona pueda demostrar que ha sido residente en otro país. En general, los contribuyentes no residentes tributan al tipo del 24 por ciento sobre las rentas obtenidas en territorio español o que procedan de fuentes españolas (el 19 por ciento para las rentas de inversión y las ganancias de capital a partir del 1 de enero de 2010).
multiplicador fiscal autonómico
El sistema de financiación de las Comunidades Autónomas es el conjunto de fondos que cada administración autonómica española recibe para el ejercicio de sus competencias, tal y como obliga la Constitución Española de 1978 (artículo 156.1), siguiendo el principio de solidaridad (habitualmente denominado solidaridad interterritorial[1]) y siendo coordinado por el Ministerio de Hacienda[2][3] Este sistema forma parte del sistema tributario español[4].
Los fondos provienen de: los impuestos cedidos por la Administración General del Estado, los recargos realizados sobre los impuestos estatales y otros ingresos del Estado central más los impuestos creados por las comunidades autónomas, las contribuciones especiales de las mismas, “las transferencias de los fondos de compensación interterritorial y otros pagos con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, los rendimientos procedentes de su propio patrimonio y los ingresos procedentes de la aplicación del derecho privado y del producto de las operaciones de crédito realizadas por la administración autonómica”[3] Según el artículo 157.1, estos fondos no pueden ser ampliados ni negados a ninguna comunidad autónoma[5].