Ley orgánica de protección de datos y garantía de derechos digitales

Gdpr

Tras su paso por el Senado, donde se presentaron 32 enmiendas que fueron rechazadas en la votación del Pleno, el 6 de diciembre se aprobó finalmente la Ley Orgánica de protección de datos de carácter personal y derechos digitales (conocida en español como “LOPDGDD”) que deroga la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y su normativa de desarrollo.

Sin perjuicio de la importancia de las concreciones realizadas por la LOPDGDD respecto a los aspectos ya regulados en el GDPR, la gran novedad de la LOPDGDD radica en el reconocimiento de una serie de derechos digitales de los ciudadanos de acuerdo con el mandato establecido en el artículo 18.4 de la Constitución. Aunque el número de derechos existentes es mayor, destacamos los siguientes por su importancia y novedad:

En conclusión, la LOPDGDD ha dado un paso más y no se ha limitado a concretar o restringir las previsiones del GDPR (tal y como se regula en el considerando 8) sino que ha incorporado una serie de derechos digitales a los ciudadanos, que a priori cubren las necesidades favorecidas por la rápida evolución de las nuevas tecnologías, pero sobre los que habrá que analizar si su aplicación práctica refleja la realidad y las necesidades de los ciudadanos en relación con dichas materias, así como el impacto que puedan tener en la sociedad de la información y en los prestadores de servicios de internet, al ser también los principales afectados por la introducción de estos nuevos derechos.

Ley orgánica 15/1999

21 de noviembre de 2018 (Senado)Promulgada el 6 de diciembre de 2018En vigor el 7 de diciembre de 2018Deroga la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter PersonalLa Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (español: Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales) es una ley orgánica aprobada por las Cortes Generales que tiene por objeto adaptar la legislación interna española al Reglamento General de Protección de Datos. Esta ley orgánica deroga la anterior Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, aunque sigue vigente para determinadas actividades[nota 1][nota 2].

Según el primer artículo, la ley orgánica tiene dos objetivos. El primero es adaptar la legislación española a lo que contiene el Reglamento General de Protección de Datos y “garantizar que los derechos digitales del ciudadano se ajusten al mandato establecido en el artículo 18.4 de la Constitución.”

Se refiere a los principios de protección de datos personales. Entre ellos, la exactitud, la confidencialidad, el consentimiento y el tratamiento de datos especiales, como los de los delincuentes y los menores. Un menor tiene que tener catorce años para poder dar su consentimiento.

Ley española de protección de datos 2018 pdf

El 7 de diciembre de 2018 entró en vigor en España la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales. La nueva Ley adapta el GDPR de la UE a la legislación española y deroga la anterior Ley Orgánica 15/1999.

La principal novedad que presenta la Ley es la evolución de un modelo basado en el control de cumplimiento que ahora se basa en el principio de responsabilidad activa, que exige una evaluación previa por parte del responsable o del encargado del tratamiento del riesgo generado por el tratamiento de los datos personales para adoptar las medidas oportunas.

Se regula la forma en que se debe informar a las personas sobre el tratamiento de sus datos en Internet, exigiendo un sistema de información por capas que permita al ciudadano conocer de forma clara y sencilla la información sobre el tratamiento de sus datos, pudiendo acceder al resto de la información a través de un enlace.

Los derechos de acceso y, en su caso, de rectificación o supresión se reconocen específicamente a quienes tengan vínculos con personas fallecidas por razones familiares o de hecho y a sus herederos. Salvo que el fallecido lo hubiera prohibido.

Gdpr versión en español

Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento General de Protección de Datos) y las disposiciones de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales. (de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales)

Responsable del tratamiento y Registro de Actividades de TratamientoLos datos personales se incluirán en la actividad de tratamiento correspondiente de este Ministerio. La relación actualizada de los responsables del tratamiento y de las actividades que realizan se publica en el

Conservación de los datosLos datos personales tratados se conservarán durante el tiempo necesario para el cumplimiento de la finalidad para la que fueron recabados, así como para la determinación de las posibles responsabilidades que pudieran derivarse de la misma, además de los plazos establecidos en la normativa sobre ficheros y documentos.

Transmisión de datosCon carácter general, los datos personales no serán cedidos a terceros, en la medida en que lo exija la ley. Los destinatarios de cada una de las actividades de tratamiento realizadas por el Ministerio de Hacienda pueden consultarse en el enlace del Registro de Actividades de Tratamiento (RAT).